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Apelan al Gobernador por la
música autóctona tradicional

El trovador Omar Santiago
entregó la misiva de los Defensores de tu Música Autóctona
Tradicional a la Oficina de Asuntos del Ciudadano en la
Fortaleza. (Foto Javier Santiago / Fundación Nacional para
la Cultura Popular) |
Un grupo de músicos y trovadores
puertorriqueños llegó esta semana hasta los portones de la Mansión
Ejecutiva para entregarle al gobernador de Puerto Rico, Luis
Guillermo Fortuño Burset, una carta en contra de las enmiendas a la
Ley 223 de la música autóctona tradicional.
En un acto simbólico en defensa
de la integridad de la Ley, los trovadores Omar Santiago, Ricardo
Villanueva y Arturo Santiago expresaron en décimas su sentir contra
las enmiendas propuestas en la pasada sesión legislativa.
Acompañados con guitarras y cuatros, así como por compañeros
artistas exponentes de la bomba, la plena y la música campesina, el
grupo denominado Defensores de tu Música Autóctona Tradicional,
presentó a la Oficina de Servicios al Ciudadano la misiva para ser
entregada al Gobernador, quien se encontraba en gestiones oficiales
fuera del Palacio de Santa Catalina.

Ricardo Villanueva se unió
al grupo de trovadores interpretando décimas frente a los
portones de la Mansión Ejecutiva. (Foto Javier Santiago /
Fundación Nacional para la Cultura Popular) |
A continuación reproducimos
íntegramente el texto de la carta de los Defensores de la Música
Autóctona Tradicional al Primer Ejecutivo del País:
1ero. de agosto de 2011
Honorable Gobernador Luis G.
Fortuño Gobernador de Puerto Rico La Fortaleza Viejo San
Juan, PR
Señor Gobernador:
A nombre de nuestro pueblo
y de nuestros músicos, presentes y futuros, le solicitamos que no
firme las enmiendas a la Ley 223 conocida como la Ley de Nuestra
Música Autóctona Tradicional.
Señor Gobernador, los géneros
autóctonos tradicionales representados en esta ley llevan siglos
acompañando a nuestro pueblo en sus alegrías y sus vicisitudes. A
través de estos géneros autóctonos tradicionales Puerto Rico se ha
dado a conocer a nivel mundial por las figuras de Ramito, Chuíto,
Rafael Cepeda, Rafael Cortijo y muchos otros de los cuales todos los
boricuas nos sentimos orgullosos.
Señor Gobernador, bajar la
representación de música autóctona del 30% por espectáculo al 10%
anual es sencillamente acabar con la ley. Si además le añadimos que
las enmiendas están tan mal redactadas que de aprobarlas se abriría
el 10% a representar a todos los géneros musicales, entonces sería
legislar para aprobar lo que ya existe, entonces: ¿para qué
legislar?
Partiendo de la Exposición de Motivos que acompaña
las propuestas enmiendas nos surgen serias reservas a estos cambios.
A continuación enumeramos los argumentos de la Exposición de Motivos
que estamos debatiendo:
a)
"Que destinar un treinta por ciento para nuestra
música autóctona tradicional no se ajusta a la realidad social de
nuestro pueblo" – Esta música sí es parte de las preferencias
musicales puertorriqueñas del momento. La música autóctona
tradicional cuenta con el apoyo abrumador del pueblo puertorriqueño
que expresa su gusto por escuchar todos los géneros contenidos en la
ley y se aprecia en la asistencia a los eventos.
b) "También reconocemos que el valor de
apreciación artística y las manifestaciones musicales de la cultura,
hoy en día coexisten en un ambiente dinámico cónsono con la
evolución cultural de nuestro pueblo" – Entendemos que nuestra
música debe ser protegida como un deber de la política pública del
País. El valor que los puertorriqueños le adjudican a su música lo
demuestran al asistir masivamente a nuestras actividades y
recurriendo a ella en su vida cotidiana.
c) "Por lo que
reconocemos que nuestro desarrollo musical no puede ser estático, a
tal grado que nuestros eventos musicales se enajenen de la realidad
de los gustos de nuestra ciudadanía en general". – Nuestros géneros
nunca han sido estáticos y siempre se han renovado en su base
musical e interpretativa para estar a tono con la realidad de los
tiempos sin afectar la esencia de la tradición, por eso disfrutamos
del apoyo de la ciudadanía.
d)
"Esta Asamblea Legislativa estima necesario
atemperar el Estado de Derecho, con el propósito de reducir este
requisito ONEROSO" – La propia descripción de este derecho como
oneroso (que según la Real Academia se define oneroso, sa. (Del lat.
onerōsus). 1. adj. Pesado, molesto o gravoso) va en un sentido de
desprecio total a estas manifestaciones centenarias del pueblo
puertorriqueño y a su cultura en general. Entendemos que se
establece que el porciento es inmerecido para los componentes de la
música autóctona siendo esta una de las la expresiones más genuinas
de la cultura puertorriqueña.
A continuación desglosamos las
enmiendas propuestas y nuestras objeciones a ellas:
B-
ENMIENDA - Artículo 1.- Título
Esta Ley se
conocerá y podrá ser citada como la ‘Ley de Nuestra Música Autóctona
Puertorriqueña’
EFECTO
Cambiar en este artículo el nombre de la Ley Núm. 223 de 21 de
agosto de 2004, mejor conocida como la “Ley de Nuestra Música
Autóctona TRADICIONAL Puertorriqueña” como originalmente se
establecía por ‘Ley de Nuestra Música
Autóctona Puertorriqueña’ es un movimiento injusto, una estrategia
acomodaticia para incorporar otros géneros que NO caen dentro en la
definición de tradicional porque no cuentan con el tiempo necesario
para serlo y esto va en detrimento del espíritu de la ley original.
C- ENMIENDA – Sección 2 del Artículo 1
“Artículo
2.- En toda fiesta patronal, festival artístico o cualquier
otro evento musical en el cual haya variedad de géneros musicales y
que la Rama Ejecutiva o cualquier corporación pública o un
municipio, aporten la totalidad del costo de la actividad o diez mil
(10,000) dólares o más, la correspondiente dependencia gubernamental
deberá y estará obligada a reservar una participación justa y
razonable a los diferentes exponentes de la música autóctona
puertorriqueña. Para determinar el cumplimiento de dicha obligación,
se hará un análisis estrictamente cuantitativo de la totalidad del
presupuesto utilizado o la aportación realizada durante el año
fiscal para la contratación de artistas e intérpretes de música, por
parte de la agencia, la corporación pública o el municipio, y en
función de ello, examinar la porción presupuestaria o la cuantía
destinada para la contratación de artistas o intérpretes de la
música autóctona puertorriqueña“.
EFECTO – Encajonar la aportación y reducirla única y exclusivamente
a un 10% durante el año fiscal y no por actividad en la tarima
principal como establece la ley original, fomenta que los
contratantes limiten la participación a una época exclusiva del año
atentando contra el espíritu de justa participación de los géneros.
Como segundo punto, esto fomenta el que nuestra música sea
vista como una de época y no de todo el año como debe ser y como
sucede en toda Iberoamérica. Esto puede provocar que se limite
nuestra participación a la época navideña o a un solo evento
acabando así con el espíritu original de la ley que buscaba que
nuestra música tradicional estuviese representada en todos los
eventos realizados con fondos públicos.
D - ENMIENDA
- Sección 3.- Se
enmiendan los incisos 1 y 2 del Artículo 3 de la Ley Núm. 223 de
2004, según enmendada, para que se lea como sigue:
“Artículo
3.-Definiciones“
(1) Música autóctona puertorriqueña:
Incluye la Música Campesina y sus variantes, la Danza
puertorriqueña, la Plena, la Bomba puertorriqueña y todos aquellos
géneros musicales que el Instituto de Cultura Puertorriqueña,
mediante estudio del desarrollo y la realidad histórica de la música
en Puerto Rico, identifique como producto de dicho desarrollo y que
representen una personalidad propia y única del pueblo
puertorriqueño y así los defina. De acuerdo a esta definición el
Instituto de Cultura Puertorriqueña certificará a los distintos
artistas y agrupaciones como intérpretes de música autóctona
puertorriqueña, bajo el reglamento que adoptará para la debida
implementación de esta Ley. Para propósitos de
esta Ley serán considerados como exponentes de música autóctona
puertorriqueña los trovadores que participen en concursos y
certámenes de trova, así como la música de trío.
EFECTO – Cambiar la definición establecida en el origen es un
intento para permitir la inclusión de otros géneros y esta enmienda
atenta contra el espíritu de proteger la “Música Autóctona
Tradicional” como expresión de alto valor cultural y de gran
importancia para el patrimonio y la identidad del pueblo
puertorriqueño y salvaguardar su derecho a apreciar su música como
herencia centenaria.
Además, incluir la “música de trío” es
un término muy amplio en la aplicación que no corresponde al interés
primordial de la ley #223.
E – ENMIENDA -
Sección 3.- Se enmiendan los incisos 1 y 2
del Artículo 3 de la Ley Núm. 223 de 2004, según enmendada, para que
se lea como sigue:
“Artículo
3.-Definiciones“
(1) Participación Justa y Razonable: La
participación de los exponentes o intérpretes de la música autóctona
puertorriqueña será justa y razonable, en la medida en que su
inclusión sea proporcional y balanceada, en términos comparativos
con otro tipo de géneros musicales incorporados a la programación de
la actividad de que trate y que esté sujeta a las disposiciones de
esta Ley. Ello no se interpretará en el sentido de que la
participación de los otros géneros musicales sea similar o
equiparable a la de la música autóctona puertorriqueña. Más bien, se
entenderá que la participación de la música autóctona puertorriqueña
es justa y razonable si se asegura, por lo menos:
Diez (10)
por ciento del total de los fondos asignados durante el año fiscal
para la contratación de artistas, según definida en la presente Ley.
Esto será así cuando la actividad sea realizada directamente por la
propia entidad gubernamental o cuando se contrate los servicios de
un promotor o productor independiente, para realizar la actividad.
EFECTO – Reducir a 10% la participación de la música
autóctona tradicional, entre otras cosas:
- Reduce las
posibilidades de contratación y fomenta el desempleo de los
artistas de la música autóctona tradicional que bien la
representan dentro y fuera de Puerto Rico.
- Atenta contra los
talleres de artesanos que suplen las necesidades nuestros
músicos e intérpretes en todos los géneros.
- Reduce el espacio
de participación a los niños y jóvenes que se desarrollan en la
música como hijos de la cultura puertorriqueña.
- Fomenta el éxodo
de músicos e intérpretes de nuestra música a otros géneros no
autóctonos y propicia el éxodo de talentos que abandonan la isla
por el poco taller de trabajo.
- Revierte el
desarrollo logrado durante la última década en todos los géneros
de la música autóctona tradicional.
- Atenta contra el
desarrollo natural del patrimonio y de las manifestaciones
culturales del pueblo puertorriqueño.
Esta carta va firmada por
el comité Defensores de tu música autóctona tradicional, grupo que
reúne a exponentes de la bomba, la plena, la música campesina y los
ballets folklóricos , nuestro sentir representa a los miles de
músicos profesionales y aficionados que han decidido dedicar su
talento a interpretar la música autóctona tradicional, al igual que
a los niños y jóvenes que se dedican a estudiar día a día el cuatro
puertorriqueño, la décima, los barriles de la bomba, la plena y los
bailes folclóricos por todo el país. Pero sobre todo, esta carta va
a nombre del pueblo puertorriqueño que atesora su música autóctona
tradicional por ser este recipiente de sus más nobles inspiraciones.
En momentos difíciles en la sociedad, nuestra música
autóctona tradicional sirve como un ente educativo de altos valores
morales para nuestra niñez y juventud. Señor gobernador, permítale a
nuestros jóvenes y niños poder en el mañana tener una vida digna,
haciendo lo que les gusta y por lo cual se han sacrificado por años
como intérpretes de la música autóctona tradicional puertorriqueña.

El trovador Arturo
Santiago inició la breve jornada musical interpretando sus
décimas en contra de las enmiendas a la Ley 223. (Foto
Javier Santiago / Fundación Nacional para la Cultura
Popular) |
Los miembros de este grupo representamos a diversas organizaciones
musicales que constantemente realizan distintos eventos
autogestionados que resultan muy exitosos incluyendo competencias de
trovadores, clases para niños, encuentros de pleneros, toques de
bomba, conciertos y hasta la producción de nuestros propios discos,
este trabajo es nuestra sincera aportación al mejoramiento del País.
Continuáremos con nuestra misión y multiplicaremos esfuerzos.
Estamos en la mejor disposición de reunirnos con su equipo de
trabajo para presentarle nuestras propuestas para el desarrollo
política pública que fomente la gestión cultural.
DEFENSORES
DE TU MÚSICA AUTÓCTONA TRADICIONAL
Héctor Rodríguez -
Portavoz de DTAM Héctor Matos - La Plena Arturo Santiago –
La Música Campesina Manuel Pérez – La Bomba Rubén Amador – Los
Bailes Folklóricos William Pérez – Uniones & Maestros
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