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Apelan al Gobernador por la música autóctona tradicional

 

Omar Santiago
El trovador Omar Santiago entregó la misiva de los Defensores de tu Música Autóctona Tradicional a la Oficina de Asuntos del Ciudadano en la Fortaleza. (Foto Javier Santiago / Fundación Nacional para la Cultura Popular)
Un grupo de músicos y trovadores puertorriqueños llegó esta semana hasta los portones de la Mansión Ejecutiva para entregarle al gobernador de Puerto Rico, Luis Guillermo Fortuño Burset, una carta en contra de las enmiendas a la Ley 223 de la música autóctona tradicional.
 

En un acto simbólico en defensa de la integridad de la Ley, los trovadores Omar Santiago, Ricardo Villanueva y Arturo Santiago expresaron en décimas su sentir contra las enmiendas propuestas en la pasada sesión legislativa. Acompañados con guitarras y cuatros, así como por compañeros artistas exponentes de la bomba, la plena y la música campesina, el grupo denominado Defensores de tu Música Autóctona Tradicional, presentó a la Oficina de Servicios al Ciudadano la misiva para ser entregada al Gobernador, quien se encontraba en gestiones oficiales fuera del Palacio de Santa Catalina.

Ricardo Villanueva
Ricardo Villanueva se unió al grupo de trovadores interpretando décimas frente a los portones de la Mansión Ejecutiva. (Foto Javier Santiago / Fundación Nacional para la Cultura Popular)
A continuación reproducimos íntegramente el texto de la carta de los Defensores de la Música Autóctona Tradicional al Primer Ejecutivo del País:

1ero. de agosto de 2011

Honorable Gobernador Luis G. Fortuño
Gobernador de Puerto Rico
La Fortaleza
Viejo San Juan, PR

Señor Gobernador:

A nombre de nuestro pueblo y de nuestros músicos, presentes y futuros, le solicitamos que no firme las enmiendas a la Ley 223 conocida como la Ley de Nuestra Música Autóctona Tradicional.

Señor Gobernador, los géneros autóctonos tradicionales representados en esta ley llevan siglos acompañando a nuestro pueblo en sus alegrías y sus vicisitudes. A través de estos géneros autóctonos tradicionales Puerto Rico se ha dado a conocer a nivel mundial por las figuras de Ramito, Chuíto, Rafael Cepeda, Rafael Cortijo y muchos otros de los cuales todos los boricuas nos sentimos orgullosos.

Señor Gobernador, bajar la representación de música autóctona del 30% por espectáculo al 10% anual es sencillamente acabar con la ley. Si además le añadimos que las enmiendas están tan mal redactadas que de aprobarlas se abriría el 10% a representar a todos los géneros musicales, entonces sería legislar para aprobar lo que ya existe, entonces: ¿para qué legislar?

Partiendo de la Exposición de Motivos que acompaña las propuestas enmiendas nos surgen serias reservas a estos cambios. A continuación enumeramos los argumentos de la Exposición de Motivos que estamos debatiendo:

a)
"Que destinar un treinta por ciento para nuestra música autóctona tradicional no se ajusta a la realidad social de nuestro pueblo" – Esta música sí es parte de las preferencias musicales puertorriqueñas del momento. La música autóctona tradicional cuenta con el apoyo abrumador del pueblo puertorriqueño que expresa su gusto por escuchar todos los géneros contenidos en la ley y se aprecia en la asistencia a los eventos.

b) "También reconocemos que el valor de apreciación artística y las manifestaciones musicales de la cultura, hoy en día coexisten en un ambiente dinámico cónsono con la evolución cultural de nuestro pueblo" – Entendemos que nuestra música debe ser protegida como un deber de la política pública del País. El valor que los puertorriqueños le adjudican a su música lo demuestran al asistir masivamente a nuestras actividades y recurriendo a ella en su vida cotidiana.

c)
"Por lo que reconocemos que nuestro desarrollo musical no puede ser estático, a tal grado que nuestros eventos musicales se enajenen de la realidad de los gustos de nuestra ciudadanía en general". – Nuestros géneros nunca han sido estáticos y siempre se han renovado en su base musical e interpretativa para estar a tono con la realidad de los tiempos sin afectar la esencia de la tradición, por eso disfrutamos del apoyo de la ciudadanía.

d) "Esta Asamblea Legislativa estima necesario atemperar el Estado de Derecho, con el propósito de reducir este requisito ONEROSO" – La propia descripción de este derecho como oneroso (que según la Real Academia se define oneroso, sa. (Del lat. onerōsus). 1. adj. Pesado, molesto o gravoso) va en un sentido de desprecio total a estas manifestaciones centenarias del pueblo puertorriqueño y a su cultura en general. Entendemos que se establece que el porciento es inmerecido para los componentes de la música autóctona siendo esta una de las la expresiones más genuinas de la cultura puertorriqueña.

A continuación desglosamos las enmiendas propuestas y nuestras objeciones a ellas:

B- ENMIENDA - Artículo 1.- Título

Esta Ley se conocerá y podrá ser citada como la ‘Ley de Nuestra Música Autóctona Puertorriqueña’

EFECTO

Cambiar en este artículo el nombre de la Ley Núm. 223 de 21 de agosto de 2004, mejor conocida como la “Ley de Nuestra Música Autóctona TRADICIONAL Puertorriqueña” como originalmente se establecía por
‘Ley de Nuestra Música Autóctona Puertorriqueña’ es un movimiento injusto, una estrategia acomodaticia para incorporar otros géneros que NO caen dentro en la definición de tradicional porque no cuentan con el tiempo necesario para serlo y esto va en detrimento del espíritu de la ley original.

C- ENMIENDA – Sección 2 del Artículo 1

Artículo 2.- En toda fiesta patronal, festival artístico o cualquier otro evento musical en el cual haya variedad de géneros musicales y que la Rama Ejecutiva o cualquier corporación pública o un municipio, aporten la totalidad del costo de la actividad o diez mil (10,000) dólares o más, la correspondiente dependencia gubernamental deberá y estará obligada a reservar una participación justa y razonable a los diferentes exponentes de la música autóctona puertorriqueña. Para determinar el cumplimiento de dicha obligación, se hará un análisis estrictamente cuantitativo de la totalidad del presupuesto utilizado o la aportación realizada durante el año fiscal para la contratación de artistas e intérpretes de música, por parte de la agencia, la corporación pública o el municipio, y en función de ello, examinar la porción presupuestaria o la cuantía destinada para la contratación de artistas o intérpretes de la música autóctona puertorriqueña.

EFECTO – Encajonar la aportación y reducirla única y exclusivamente a un 10% durante el año fiscal y no por actividad en la tarima principal como establece la ley original, fomenta que los contratantes limiten la participación a una época exclusiva del año atentando contra el espíritu de justa participación de los géneros.

Como segundo punto, esto fomenta el que nuestra música sea vista como una de época y no de todo el año como debe ser y como sucede en toda Iberoamérica. Esto puede provocar que se limite nuestra participación a la época navideña o a un solo evento acabando así con el espíritu original de la ley que buscaba que nuestra música tradicional estuviese representada en todos los eventos realizados con fondos públicos.

D - ENMIENDA - Sección 3.- Se enmiendan los incisos 1 y 2 del Artículo 3 de la Ley Núm. 223 de 2004, según enmendada, para que se lea como sigue:

Artículo 3.-Definiciones“

(1) Música autóctona puertorriqueña: Incluye la Música Campesina y sus variantes, la Danza puertorriqueña, la Plena, la Bomba puertorriqueña y todos aquellos géneros musicales que el Instituto de Cultura Puertorriqueña, mediante estudio del desarrollo y la realidad histórica de la música en Puerto Rico, identifique como producto de dicho desarrollo y que representen una personalidad propia y única del pueblo puertorriqueño y así los defina. De acuerdo a esta definición el Instituto de Cultura Puertorriqueña certificará a los distintos artistas y agrupaciones como intérpretes de música autóctona puertorriqueña, bajo el reglamento que adoptará para la debida implementación de esta Ley. Para propósitos de esta Ley serán considerados como exponentes de música autóctona puertorriqueña los trovadores que participen en concursos y certámenes de trova, así como la música de trío.

EFECTO – Cambiar la definición establecida en el origen es un intento para permitir la inclusión de otros géneros y esta enmienda atenta contra el espíritu de proteger la “Música Autóctona Tradicional” como expresión de alto valor cultural y de gran importancia para el patrimonio y la identidad del pueblo puertorriqueño y salvaguardar su derecho a apreciar su música como herencia centenaria.

Además, incluir la “música de trío” es un término muy amplio en la aplicación que no corresponde al interés primordial de la ley #223.

E – ENMIENDA - Sección 3.- Se enmiendan los incisos 1 y 2 del Artículo 3 de la Ley Núm. 223 de 2004, según enmendada, para que se lea como sigue:

Artículo 3.-Definiciones“

(1) Participación Justa y Razonable: La participación de los exponentes o intérpretes de la música autóctona puertorriqueña será justa y razonable, en la medida en que su inclusión sea proporcional y balanceada, en términos comparativos con otro tipo de géneros musicales incorporados a la programación de la actividad de que trate y que esté sujeta a las disposiciones de esta Ley. Ello no se interpretará en el sentido de que la participación de los otros géneros musicales sea similar o equiparable a la de la música autóctona puertorriqueña. Más bien, se entenderá que la participación de la música autóctona puertorriqueña es justa y razonable si se asegura, por lo menos:

Diez (10) por ciento del total de los fondos asignados durante el año fiscal para la contratación de artistas, según definida en la presente Ley. Esto será así cuando la actividad sea realizada directamente por la propia entidad gubernamental o cuando se contrate los servicios de un promotor o productor independiente, para realizar la actividad.

EFECTO – Reducir a 10% la participación de la música autóctona tradicional, entre otras cosas:
  • Reduce las posibilidades de contratación y fomenta el desempleo de los artistas de la música autóctona tradicional que bien la representan dentro y fuera de Puerto Rico.
  • Atenta contra los talleres de artesanos que suplen las necesidades nuestros músicos e intérpretes en todos los géneros.
  • Reduce el espacio de participación a los niños y jóvenes que se desarrollan en la música como hijos de la cultura puertorriqueña.
  • Fomenta el éxodo de músicos e intérpretes de nuestra música a otros géneros no autóctonos y propicia el éxodo de talentos que abandonan la isla por el poco taller de trabajo.
  • Revierte el desarrollo logrado durante la última década en todos los géneros de la música autóctona tradicional.
  • Atenta contra el desarrollo natural del patrimonio y de las manifestaciones culturales del pueblo puertorriqueño.
Esta carta va firmada por el comité Defensores de tu música autóctona tradicional, grupo que reúne a exponentes de la bomba, la plena, la música campesina y los ballets folklóricos , nuestro sentir representa a los miles de músicos profesionales y aficionados que han decidido dedicar su talento a interpretar la música autóctona tradicional, al igual que a los niños y jóvenes que se dedican a estudiar día a día el cuatro puertorriqueño, la décima, los barriles de la bomba, la plena y los bailes folclóricos por todo el país. Pero sobre todo, esta carta va a nombre del pueblo puertorriqueño que atesora su música autóctona tradicional por ser este recipiente de sus más nobles inspiraciones.

En momentos difíciles en la sociedad, nuestra música autóctona tradicional sirve como un ente educativo de altos valores morales para nuestra niñez y juventud. Señor gobernador, permítale a nuestros jóvenes y niños poder en el mañana tener una vida digna, haciendo lo que les gusta y por lo cual se han sacrificado por años como intérpretes de la música autóctona tradicional puertorriqueña.

Arturo Santiago
El trovador Arturo Santiago inició la breve jornada musical interpretando sus décimas en contra de las enmiendas a la Ley 223. (Foto Javier Santiago / Fundación Nacional para la Cultura Popular)
Los miembros de este grupo representamos a diversas organizaciones musicales que constantemente realizan distintos eventos autogestionados que resultan muy exitosos incluyendo competencias de trovadores, clases para niños, encuentros de pleneros, toques de bomba, conciertos y hasta la producción de nuestros propios discos, este trabajo es nuestra sincera aportación al mejoramiento del País. Continuáremos con nuestra misión y multiplicaremos esfuerzos. Estamos en la mejor disposición de reunirnos con su equipo de trabajo para presentarle nuestras propuestas para el desarrollo política pública que fomente la gestión cultural.

DEFENSORES DE TU MÚSICA AUTÓCTONA TRADICIONAL

Héctor Rodríguez - Portavoz de DTAM
Héctor Matos - La Plena
Arturo Santiago – La Música Campesina
Manuel Pérez – La Bomba
Rubén Amador – Los Bailes Folklóricos
William Pérez – Uniones & Maestros

 

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